Es una de las tres condiciones que debe tener una patente para ser concedida: Novedad, actividad inventiva y aplicabilidad industrial.
Una invención poseerá novedad cuando "no está comprendida en el estado de la técnica", según la Ley de patentes española 11/1986 del 20 de Marzo. Este fragmento de la ley, al igual que la parte de actividad inventiva y la de aplicabilidad industrial, son extensibles a la legislación de casi cualquier parte del mundo.
El estado de la técnica está constituido por todo lo que antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente se ha hecho accesible al público en cualquier parte del mundo, por una descripción escrita u oral, por una utilización o por cualquier otro medio.
Por tanto, para que los inventos nuevos sean patentables, no han de conocerse en ninguna parte del mundo con fecha anterior a la de la presentación de la solicitud de la patente.
Los examinadores de las oficinas de patentes son los encargados de revisar la novedad, la actividad inventiva y la aplicabilidad industrial de las solicitudes de patente.
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2 comentarios:
¿ se puede fabricar inmediatamente despues de la concesion de patente? y ¿ que requisitos se necesitaria para ello?
Si tú eres el titular de la patente, puedes fabricar el invento desde el mismo momento en el que solicitas la patente, ya que tu protección es desde la fecha de prioridad (que es la fecha de primera solicitud de la patente). No necesitas ningún requisito para esto.
En el caso de no ser el titular de la patente, para poder fabricar después de la concesión de una patente, necesitas una licencia del titular de la patente (es como un alquiler de uso), o directamente comprar la patente. En caso de que no tengas licencia o compres la patente, puedes ser demandado por el titular de la patente, y enfrentarte a daños económicos muy importantes. El requisito para obtener una licencia es contactar con el titular/propietario de la patente.
Espero que te haya aclarado esta duda sobre inventos.
Un saludo.
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